lunes, 6 de febrero de 2012

FRENTE AL PAGO DE LA LICENCIA DE MATERNIDAD

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Esta mañana recibí la siguiente inquietud en una de las entradas de este blog:

Hola, soy empleada nombrada en una compañia, el 2011 nacio mi hija y me dieron la licencia de maternidad, la EPS me liquido con el valor q cotizado el ultimo mes antes de la incapacidad alli variaba mi salario basico debido a que tenia unas horas extras y prima, por tal motivo la EPS me brinda una licencia de mayor valor para cada mes, pero, la empresa me paga unicamente el salario basico, ellos me dices q el valor de la EPS no me lo reconocen puesto q eso no lo debo tener en cuenta, por favor me indica si es verdad ello pues la EPS me contesto un derecho de peticion q pase confirmando que el valor de las incapacidades es correcto, aun asi la empresa dice q esa plata de mas es para ellos. Agradezco su valiosa opinion. Saludos

Ante eso contesté lo siguiente con algunas modificaciones de estilo y algunas explicaciones para una mejor lectura:

¿CÓMO SE LIQUIDA Y PAGA LA LICENCIA DE MATERNIDAD?
 Me parece que, tal cual como planteas los hechos, la opinión de la empresa es FALSA. En primer lugar, el Código Sustantivo de Trabajo en el artículo 236 en uno de sus numerales manda: "Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de catorce (14) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso." "Si se tratare de un salario que no sea fijo, como en el caso de trabajo a destajo o por tarea, se toma en cuenta el salario promedio devengado por la trabajadora en el último año de servicios, o en todo el tiempo si fuere menor.". Por tal motivo, si miras tu salario como fijo como variable es claro tu derecho a la licencia de maternidad incluidas las horas extras. Es así como es obligación del empleador pagar la suma del promedio salarial.

¿ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA?
Además, dado que la EPS lo liquidó de esa forma no solamente se constituye en un incumplimiento por parte del empleador sino que constituye un enriquecimiento sin justa causa de su parte. Otra cosa es que se excusaran porque la EPS les está pagando un menor valor, pero, por lo que dices, ese no es el caso. ¿Qué es enriquecimiento sin justa causa? Es, como su nombre lo indica, enriquecerse sin sentido o sin una justificación. En otras palabras, la EPS descuenta del valor total de la seguridad social lo que debe pagarse por licencia de maternidad. Ese descuento se da porque el costo de la licencia está en manos de la EPS, pero, para facilitar las cosas el empleador es quien consigna. El empleador es como una especie de intermediario en el pago de la licencia de maternidad, por tal motivo, el descuento que le hace la EPS es porque ese valor descontado se asume que ha sido pagado o se pagará a la trabajadora en licencia de maternidad. 

¿QUÉ ALTERNATIVAS O COSAS PUEDES HACER?
Para ello tienes dos opciones, la primera es enviar una carta al área de gestión humana de la empresa anexando la liquidación de la EPS. La segunda es llamar a una inspección del trabajo manifestando tu situación y la forma en la que ellos pueden ayudarte.
FIN DEL ARTÍCULO _________________________________________________________________________________ PUBLICIDAD EXTERNA

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Objetivos:

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Fomentar la capacidad de escucha a comandos básicos y la producción de vocabulario.

Generalidades
Fecha de inicio: Febrero 11
Fecha de finalización: Junio 9
Duración: 4 meses

Horarios: 
Grupo 1:
Horario: 9:00 a 10:30 am
Edades: 4 – 5 años

Grupo 2:
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