miércoles, 27 de junio de 2012

PRIMA LEGAL DE SERVICIOS Y OTRAS INQUIETUDES





PRIMA LEGAL DE SERVICIOS Y OTRAS INQUIETUDES.


Viene el pago de la prima legal de servicios y es muy posible que las personas en general tengan inquietudes acerca de su liquidación, fecha de pago, entre otras. Además, las madres pueden tener algunas inquietudes en su forma de pago y demás. 

¿QUÉ ES LA PRIMA LEGAL DE SERVICIOS?
La primera legal de servicios es una prestación en dinero equivalente a medio salario semestral que deben pagar las empresas a todos sus trabajadores. La finalidad de la prima es la redistribución de las utilidades de la empresa, es decir, del valor agregado en que el todos los trabajadores han aportado.

SOY EMPLEADA DEL SERVICIO DOMÉSTICO, ¿TENGO DERECHO A PRIMA?
No. En el caso de las empleadas del servicio doméstico, éstas tienen como empleador una familia, no una empresa. La familia no es una unidad de explotación económica (empresa) y por lo tanto no genera un valor agregado a repartir y no tiene fundamento la prima.

SOY MAYORDOMO ¿TENGO DERECHO A PRIMA?
En principio los mayordomos son considerados similares a las empleadas del servicio doméstico si se trata de una finca netamente de recreo. Si es una finca que tiene una huerta para auto-consumo, en principio no se considera empresa, pero dada la producción que genera excedente y un valor agregado, creo que es discutible la posibilidad de la prima. Finalmente si en la finca se desarrolla una labor productiva para venta, intercambio, etc., como una finca ganadera.

¿CÓMO SE LIQUIDA LA PRIMA LEGAL DE SERVICIOS?
La prima es medio salario por un semestre, o es lo mismo que decir un salario por un año. Si el salario es fijo se toma el último salario (incluyendo horas extras y recargos), si el salario es variable (pactado por ejemplo por comisiones por venta, a destajo, etc.) se tomará el promedio del último año.

Si el trabajador es beneficiario del auxilio de transporte, éste de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 1 de 1963 también se incluye como base salarial. La razón de ser es que la prima legal de servicios es una "prestación social". Luego, teniendo claro cuál es el salario base de liquidación se procede a liquidar con base en la siguiente fórmula:




Recordemos que cada semestre como máximo tiene 180 días, por lo tanto, la prima semestral como máximo será de la mitad del salario de acuerdo como explicamos previamente, o proporcional si trabajó menos del semestre.

¿CUÁNDO DEBE PAGARSE?
De acuerdo con el artículo 306 del Código Sustantivo de Trabajo, la Prima Legal de Servicios se paga:

a. Media quincena o proporcional el último día de Junio, es decir, el 30 de junio.
b. Una quincena en cualquiera de los 20 primeros días del mes de diciembre.
c. Al finalizar el contrato de trabajo por el periodo que falte por liquidar.

En todos los casos se puede utilizar la fórmula previamente mencionada.


ESTUVE EN LICENCIA DE MATERNIDAD, O UNOS DÍAS INCAPACITADA POR EL EMBARAZO EL ÚLTIMO SEMESTRE ¿PUEDEN DESCONTARME ESOS DÍAS DE LA LIQUIDACIÓN?


NO. La razón es que únicamente pueden descontarse días en los que el artículo 51 del Código Sustantivo de Trabajo considera como suspensiones y únicamente para vacaciones, cesantías o jubilaciones [Artículo 53 del Código Sustantivo de Trabajo]. Por lo tanto, esos días se tienen en cuenta también como laborados para efectos de la liquidación.


ESTOY EN LICENCIA DE MATERNIDAD ¿TENGO DERECHO A RECIBIR LA PRIMA IGUAL? SÍ. Las normas laborales son de orden público y obligatorio cumplimiento en lo que se refiere al mínimo de prestaciones y garantías. Para la mayoría de las empresas esto no es problema porque el pago se efectúa consignando en una cuenta a nombre del trabajador, pero si recibe el pago en cheque o en efectivo en el lugar de trabajo, por analogía la Prima Legal de Servicios también se pagaría así. Por eso podría usted ponerse en contacto con el empleador para ver la mejor forma de recibirla.


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28 comentarios:

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  2. Hola, yo estuve en licencia de maternidad el primer semestre y mi salario es variable, tengo un salario basico mas comisiones mensuales. En este caso como deberia ser la liquidacion de la prima.

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  3. Buen día, me encuentro disfrutando de mi licencia de maternidad, mi bebe nació el 24 de septiembre. Por multiples inconvenientes mi incapacidad fue radicada hasta el 6 de Noviembre, por ende a la fecha no he recibido ni un peso por parte de mi empleador el cual me recalca que debo esperar a que ml EPS dé respuesta. esto es cierto? ósea que si la EPS decide pagar en enero del 2013 tengo que esperar hasta entonces????

    Gracias.

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    1. En mi opinión el empleador debe pagarte tu salario normal y ellos arremeten contra le eps

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    2. Hola yo tambien tengo licencia de maternidad y no la empresa tiene que pagarte como si estuvieras trabajando acorde a como te pagaban antes , si era quincenal te deben pagar quincenal .. El empleador es el que debe cuadrar con la eps por que la eps aveces dura un mes para pagar , pero el empleador no puede retener tu sueldo es demandable

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  4. Hola trabajo en una empresa de televisión por cable e carácter comunitaria tiene un toque de cooperativa y me gustaría saber si aparte de las prestación legales de ley tengo derecho a la primas

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  5. HOLA.Tube mi bebe el 30 de nov del 2012 nacio de 35 semanas de gestacion me dijieron k segun la ley 1468 tenia derecho a 130 dias de licencia de maternidad. Pero el doctor dijo ke no savia nada de esta ley y la EPS tambien dijo lo mismo y solo me aprovo pagar 98 dias. MI PREGUNTA ES. esta bien liquidada la licencia de maternidad O SI NO ES ASI QUE Debo hacer para reclamar los 32 dias faltantes si LA EPS ME DICE QUE ELLOS NO SABEN NADA DE ESA LEY DONDE DEBO IR Y K HACER Y CUANTO TIENPO TENGO PARA HACER EL RECLAMO. GRACIAS X SU COLABORACION

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  6. Buenas tades.Desde hace tres meses he estado incapacitada x motivos del embarazo de alto riesgo y hace 1 mes estoy en licencia de maternidad TENGO DERECHO A LA PRIMA LEGAL SERVICIOS. YO TRABAJO EN UNA EMPRESA. GRACIAS....

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  7. Buenas tardes tengo una pregunta en estos momentos me encuentro de licencia de maternidad hasta el 20 de julio , pero mis vacaciones anuales legales son a partir del 19 de junio, si me encuentro en licencia tengo derecho a recibir remuneración de estas vacaciones ?

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  8. Buenas tardes tengo una pregunta en estos momentos me encuentro de licencia de maternidad hasta el 20 de julio , pero mis vacaciones anuales legales son a partir del 19 de junio, si me encuentro en licencia tengo derecho a recibir remuneración de estas vacaciones ?

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    1. Buenas, si claro tienes los días remunerados, ya la empresa en la que trabajas se encargará de programarte esos días.

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  9. Viviana Hola buenos dias estoy de licencia y me pagaron las primas en vase al salario del año pasado es corecto

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  10. Hola, me encuentro en licencia de maternidad desde el 22 de agosto y mi salario es variable; quisiera saber con qué base salarial se debe liquidar mi prima, es decir si los ingresos percibidos como licencia de maternidad se toman en cuenta para promediar los ingresos, o si toman el salario básico durante mi periodo de licencia?

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    1. Hola. Necesito orientación con esto. Si te contestaron algo por favor comparte melo. Gracias.

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  11. Buenos días mi duda es q estuve en licencia materna, la EPS me pagaba 670 mensual y la prima me la pagaron fue en base a ese sueldo 350 llevo con la empresa año y cuatro meses es correcto el valor de la prima

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  12. Buenas tardes estoy de licencia y la empresa entro a vacaciones esos dias se suman a la licencia

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  13. Buenas noches, en la actualidad me. Encuentro de licencia para este diciembre me. Aplicaría la prima legal, teniendo en cuneta que ingrese a licencia el día 01 de julio del presente año y ingreso e día04 de noviembre de 2018 tendria mi prima legal o ya no.

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  14. Buenas tardes tengo un contrato por labor contratada desde el 1de diciembre de 2017.notifique a la empresa mi estado de embarazo en abril y fui reubicada, pero en junio me llego un documento en el que seme daba terminacion de contrato el 16 de julio pero mas sin embargo continuava en la empresa recibiendo un sueldo normal. Estoy programada para parto inducido el dia 16 de diciembre.Mi pregunta es Tengo o no el derecho a recibir primas???...al termino de la licencia de maternidad tengo o no derecho a liquidación??? Espero pronta respuesta mil gracias....

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  15. Buenas. Estuve de maternidad el primer semestre del 2018. Mi sueldo es variable. La empresa me líquido al 30 de noviembre. Cual seria la base de mi liquidación?

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  16. Hola, yo estuve en licencia de maternidad el primer semestre y mi salario es variable, tengo un salario basico mas comisiones mensuales. En este caso como deberia ser la liquidacion de la prima del mes de diciembre?.

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  17. Buenas noches cual seria la basa de liquidacion de mi prima de servicios salario 1.000.000 estuve incapacita dos meses por wmbarazo de alto riesgo y continue con licencia de maternidad cual seria base de liquidacion me dice q hay q sacaron un promedio de esos dos meses incapacitada??

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  18. Buenas yo sali de embarazo el 27 marzo y mi jefe me paga 381000 y no me quiere pagar la prima de junio ayudeme

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  19. Estube en licencia de maternidad durante la pandemia desde 26 de junio hasta 26 de noviembre tengo derecho a la prima de fin de año?

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  20. Hola recibí mi prima normal en diciembre ya que salí a licencia de maternidad el 08 de noviembre de 2020,salia a vacaciones el 20 de diciembre pero debido a mi licencia no disfrute de ellas tengo derecho a que me paguen la prima de este semestre y y que en mi liquidación me paguen las vacaciones en dinero ya que esta cambio de razón social y tenia un contrato a termino indefinido y lo que me han comentado es que cuando termine mi licencia me despiden y si quiero seguir me contratarian con la nueva empresa pero mi contrato cambiaría,estoy muy confundido me pueden ayudar con alguna orientación con esto mil gracias.

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  21. Hola salí de licencia de maternidad el 12 de abril del presente año recibo prima????

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  22. Tengo derecho a primas si estoy en licencia de maternidad. Inicié el 25de marzo y finalizó el 28 de julio.

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Keegy