martes, 22 de marzo de 2011

PAGO DE LICENCIA POR PARTE DE LAS EPS.




Una persona plantea la siguiente inquietud: 
buenas tardes: mi embarazo fue de 41 semanas pero solo cotice por empresa 7 meses es decir del 25 de mayo de 2010 al 31 de enero de 2011. la eps me dice q solo tengo derecho a 32 dias porq no cotice mas de 1 mes despues del parto mi pregunta es la licencia es despues o durante el embarazo que se debe cotizar para saber sise tiene derecho a la licencia remunerada. no se supone que lo que interesa es el tiempo que se cotice durante el embarazo? debo demandar. gracias por su respuesta.
En primer lugar, si el empleador dejó de cotizar durante algún periodo, la jurisprudencia (Por ej  C-177/1998. Para mayor información Consulte Aquí) ha sido clara en determinar que el problema de la mora es con la empresa y no con la madre. Por lo anterior, si la madre trabajó durante todo el periodo de gestación pero hubo una cotización incompleta tendría derecho a la licencia completa. Si la falta de cotización durante el embarazo es por la madre o por la falta de trabajo tendría derecho a una licencia proporcional al periodo cotizado (Consulte aquí)

En segundo lugar, no existe obligación -que yo sepa- ni en el sistema de seguridad social ni en lógica jurídica básica que, cuando se ha causado una obligación, se exija un pago posterior. En otras palabras, si pagué el canon de arrendamiento anticipado para septiembre, no me pueden exigir el de octubre para disfrutar el de septiembre. Es así como se tiene derecho a la licencia de maternidad.

¿Cuánto pagará la EPS?

  • Si se dejaron de cotizar 2 meses por "mora patronal" tendrá derecho a la totalidad de la licencia conforme el salario base de cotización.
  • Si se dejaron de cotizar por no existir trabajo como mínimo tiene derecho a la licencia de maternidad de carácter proporcional.
¿Qué puede hacer? 
Me parece que la acción de tutela es la más eficaz para resolver esta clase de problemáticas, esto alegando derechos propios consagrados en algunos artículos como el 13 (igualdad) o 44 Protección a la maternidad. Adicionalmente recomiendo citar la sentencia C-177/1998 sobre la mora patronal.



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