El proyecto de Ley 012/2010 promueve reformar el artículo 236 del Código Sustantivo de Trabajo aumentando el periodo de Licencia de Maternidad de 12 a 14 semanas. En las razones expuestas por el Senador ponente Juan Francisco Lozano Ramírez (ex-candidato a la Alcaldía de Bogotá, ex-Ministro, etc) más conocido como "Juan Lozano" parten de una investigación en derecho comparado presentada por la experta en derecho laboral Diana María Gómez sobre el número de semanas que otorgan diversos países. Aunque Colombia cumple el mínimo de 12 semanas conforme la Recomendación 95 de 1952, la OIT en la Recomendación 191 como en el Convenio 183 (no ratificado por Colombia) han superado el estándar de las 12 semanas. El Convenio 183 manda un mínimo de 14 semanas como Licencia. Además, consagra como obligación especial del empleador de conceder la licencia por lo menos 3 días antes del parto. Esa condición como obligación me parece que da a las madres una alternativa en caso de no disfrutar la licencia de presentar renuncia por auto-despido y cobrar la indemnización especial.
El proyecto aunque solamente busca modificar un punto en el Código Sustantivo de Trabajo, podría llegar a ser muy beneficioso. Un aumento que llegue a cumplir los estándares mínimos todavía no es posible en nuestro país dadas las condiciones económicas y laborales, pero un aumento de dos semanas es mucho más beneficioso para la madre que lo que genera en materia de "costo social". Además, es una forma casi imperceptible de ir mejorando poco a poco esa protección a la maternidad y a su hijo que requiere una especial protección. Reconocer tal situación no es más que recordar que primero está la familia que la empresa. En todo caso, la revisión económica, actuarial y la referente a la sostenibilidad de tal situación en las condiciones actuales del Sistema de Seguridad Social en Salud debe tenerse en cuenta.
Aunque el aumento sea casi imperceptible hay que tener en cuenta los recursos que se están generando para hacer posible tal situación. Aún así, felicito esta clase de alternativas que ponen de presente la condición de madre trabajadora y van por un camino hacia el reconocimiento adecuado. Pero, recuerdo que hay muchas alternativas menos costosas para todos pero mucho más beneficiosas para las madres que podrían implementarse como derecho:
- Sala-cunas cercanas a los lugares de trabajo. Es una de las principales preocupaciones de las madres trabajadoras: "¿con quién dejo el niño?"
- Flexibilidad horaria frente a la madre cabeza de familia.
- Posibilidad de prorrogar la licencia disminuyendo costos, o pagando alguna cuota adicional.
- Cambio de actividades durante un periodo específico que permita flexibilidad horaria.
- Flexibilidad en permisos.
En fin... si el estimado lector conoce otras alternativas, es bienvenido a compartirlas.
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Buenos Dìas, tengo 7 meses de embarazo, el ginecologo me dio la fecha de parto para el 4 de abril, necesito saber si yo tengo derecho a salir a licencia 2 semanas antes del parto ya que en la empresa con la que trabajo no tiene conocimiento de la ley.y quiciera saber que tengo que hacer, por favor ayudenme.muchas gracias por su ayuda
ResponderBorrarHola...Muchas gracias por preguntar, aunque en la práctica la licencia suele empezar desde el parto, la ley existe en el artículo 236 del Código Sustantivo de Trabajo http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo/codigo_sustantivo_trabajo_pr008.html#236. ¿Qué haces? Pides la certificación de un médico que indique la fecha de inicio de la licencia si a consideración de éste es más saludable. Finalmente citas el artículo 236 del Código Sustantivo de trabajo y con ello pides el comienzo de la licencia en esa fecha... Cualquier inquietud no dudes en consultarla...
ResponderBorrarME PARECE QUE LO DEL HORARIO FLEXIBLE PARA LAS MUJERES, NO SOLO CABEZA DE HOGAR SINO PARA LAS QUE TENEMOS HIJOS MENORES DE EDAD, DEBERIA SER UN PUNTO DE ESTUDIO PARA IMPLEMENTAR EN TODAS LAS EMPRESAS, COMO LO QUE HA SUCEDIO CON LA CONTRALORIA GENERAL DE LA NACION, DONDE SE IMPLEMENTO EL HORARIO DE 7 AM A 3 PM, LO QUE PERMITE QUE LAS MADRES TENGAMOS LA POSIBLILIDAD DE DEDICAR TIEMPO A NUESTROS HIJOS Y NO QUE LA EDUCACIÓN Y LOS PATRONES DE COMPORTAMIENTO DE ELLOS, DEPENDAN DE LAS PERSONAS A QUIENES TENEMOS QUE ENCOMENDAR EL CUIDADO DE LOS MENORES, MIENTRAS NOSOTRAS ESTAMOS FUERA DE CASA DESDE LAS 6 O 7 AM HASTA MAS O MENOS LAS 7-8 PM.
ResponderBorrarTe agradezco mucho la solicitud pero quisiera hacerte una pregunta ya que planteas realidades que acá se tratan como simples "deseos". ¿Cómo sería ese horario flexible? ¿Qué harías para implementarlo? Si la empresa es de actividad constante y requiere presencia permanente del trabajador ¿cómo harías para conceder esos permisos? Mil gracias y en serio, si me ayudas a aterrizar la idea, creo que sería un gran avance.
ResponderBorrarSaludes
ME PARECE QUE SI COMO MADRES DE FAMILIA TENEMOS UN ESTIMULO QUE ES PODER DEDICAR MAS TIEMPO A NUESTROS HIJOS, EL TRABAJO SERIA MAS PRODUCTIVO, EL HORARIO COMO QUE SE IMPLEMENTO EN LA CONTRALORIA ES DE 7:00 AM A 3:00 PM SIN HORA DE ALMUERZO, LO QUE SE DEBE PLANTEAR ES QUE LAS TRABAJADORAS LABORAN LAS 8 HORAS DIARIAS, PERO EN UNA JORNADA CONTINUA, CON UNA RESPONSABILIDAD DE QUIENES DISFRUTAN DE ESTE BENEFICIO QUE ES "NO TOMAR LA HORA O DOS HORAS DE ALMUERZO DIARIAS" Y LA RECOMPENSA ES PODER COMPARTIR ESE TIEMPO CON NUESTROS HIJOS.
ResponderBorrarBuenas noches, soy madre de una bebé prematura que nació de 34 semanas, mi licencia de maternidad finaliza el 18 de mayo pero al empatar con el periodo de vacaciones retomo labores el día 10 de junio, quisiera saber si la ley para esa fecha ya entraría en vigencia y si me cobijaría para así tener la oportunidad de estar más tiempo con mi bebé. Mil gracias por su asesoría
ResponderBorrarHola, estimada visitante, revisando directamente en el Senado no veo ningún avance en lo que a este proyecto se refiere y si lo hubiera no tendría la certeza debido a que eso depende de hechos políticos que van más allá de mi conocimiento. Si quiere escríbame a elalispruz@gmail.com y le daré algunas ideas acerca de la manera como podría procederse al respecto. Saludes.
ResponderBorrarHola.
ResponderBorrarMI hermana está embarazada y trabaj en un gran almacén que es un explotadero!!! La hacen trabajar hasta las 10 o 12 pm...aparte vive muuuuyyy lejos del trabajo...dura en transporte 2 horas de ida y 2 de vuelta.
Existe alguna ley que la cobije para no salir de trabajar tan tarde? Es un riesgo para ella y el bebé..Ayuda porfavor!
buena tarde
ResponderBorraresstoy embarazada de 26 semanas, en el noticiero salio la noticia que aprobaron la ley de 14 semanas de licencia de maternidad
cuando entraria en vigencia esta ley?
Gracias
Querida lectora en http://proteccionmaternidad.blogspot.com/2011/06/preguntas-y-respuestas-sobre-el.html encontrarás algunas respuestas a las múltiples preguntas sobre este proyecto de ley, su avance y posibles consecuencias al entrar en vigencia!
ResponderBorrarhttp://proteccionmaternidad.blogspot.com/2011/06/preguntas-y-respuestas-sobre-el.html
ResponderBorrarbuenos dias,
ResponderBorrarMi bebe nacio el dia 02 de mayo de 2011, me gustaria saber si la nueva ley de las 14 semanas me cobija.
Gracias.
http://proteccionmaternidad.blogspot.com/2011/07/solicitud-de-ampliacion-de-licencia.html puedes ver cómo lo pides pero igual es discutible...
ResponderBorrarEstimados, quiero formular la siguiente consulta: Tengo una sobrina que trabaja para una empresa por honorarios. En enero dará a luz a su bebé. ¿Tiene derecho a licencia de maternidad recibiendo sus honorarios normales? ¿Qué ley colombiana la ampara en caso que la empresa no quiera responder?
ResponderBorrarEn ese caso hay varias variables que no permitirían dar una respuesta simple, pues una cosa es si se trata de un verdadero contrato por honorarios y otra si se trata de un contrato de trabajo. Lo que recomendaría en ese caso, con la información referida es que cotice directamente al Sistema de Seguridad Social en salud, que, sea cual sea la forma de contrato, la EPS tendrá la obligación de pagar las 14 semanas de licencia de maternidad por el total del valor cotizado si cotiza los 9 meses o proporcional si cotiza por menos.
ResponderBorrarBuenas quisiera saber Alós cuantos meces, no se hacen turnos de noche.
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