miércoles, 12 de enero de 2011

DECRETO 033 DE 2011 "Por el cual se modifica el artículo primero del Decreto 4834 del 30 de Diciembre de 2010”


MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL 


DECRETO NÚMERO 033 DE 2011 

Enero 11 de 2011 

"Por el cual se modifica el artículo primero del Decreto 4834 del 30 de Diciembre de  
2010” 

El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA 


En uso de las atribuciones que le confiere el Inciso 2°. del Parágrafo del artículo 8° de la Ley 278 de 1996 


CONSIDERANDO 


Que a falta de acuerdo tripartito para la fijación del aumento del salario mínimo para el año 2011 por parte de la Comisión Permanente de Políticas Salariales y Laborales, el Gobierno Nacional fijó mediante Decreto 834 del 30 de Diciembre de 2010 como Salario Mínimo Legal Mensual para los trabajadores de los sectores urbano y rural, la suma de QUINIENTOS TREINTA Y DOS. MIL QUINIENTOS ($532.500,00) pesos moneda corriente. 

Que las estimaciones de inflación esperadas para finales de año 2010 informadas por el Banco de la República a la Comisión Permanente de Políticas Salariales y Laborales, fue en promedio del 2.7%. por lo que el Gobierno Nacional fijó un incremento salarial del 3.4%, 

Que la inflación reportada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE el 5 de enero de 2011 para el año 2010 fue del 3.17%. por lo que se hace necesario modificar el artículo primero del Decreto 4834 del 30 de Diciembre de 2010. 

Que la intención del Gobierno Nacional es Incrementar el poder adquisitivo del Salario Mínimo Legal Vigente otorgando un incremento superior a la inflación esperada. 

Que en mérito de lo antes expuesto.


DECRETA: 

ARTÍCULO 1° El artículo Primero (1°) del Decreto 4834 del 30 de diciembre del 2010 quedará así "Fijar a partir del primero (1°) de enero del año 2011, como Salario Mínimo Legal Mensual para los trabajadores de los sectores urbano y rural, la suma de QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SEISClENTOS ($535.600,00) pesos moneda corriente", 


PUBLíQUESE y CÚMPLASE 

Dado en Bogotá D.C., a los 11 días del Mes de enero de 2011. 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

JUAN CARLOS ECHEVERRY GÁRZÓN 
Ministro de Hacienda y Crédito Público 


BEATRIZ LONDOÑO SOTO 
Viceministra de Salud y Bienestar encargada del despacho del Ministro de Protección Social.




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